19 de julio de 2024
Por FrayBa
El Estado mexicano mantiene como rehén a Base de Apoyo del EZLN
Con dilación judicial culmina el desahogo de pruebas en juicio de José Díaz.
Advertimos una investigación deficiente y sucia para criminalizar al Base de Apoyo y a cuatro más de sus compañeros zapatistas.
Finalizó el proceso de desahogo de pruebas después de 1 mes y 4 días, en contra de José Díaz Gómez, indígena Ch´ol, Base de Apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (BAEZLN). La apertura a Juicio inició el 4 de junio para culminar el 8 de Julio del presente año, fijándose el próximo 6 de agosto a las 17:00 horas para llevarse a cabo la audiencia de alegatos de clausura, que da pie para el pronunciamiento de la sentencia. En este contexto, José Díaz permanecerá 1 año y 9 meses como rehén del Estado mexicano y sujeto a criminalización por un delito que no cuenta con sustento probatorio para condenarlo.
Durante el desahogo de 4 pruebas, el Fiscal del Ministerio Público del Distrito Selva pretendió vincular la participación del delito de robo ejecutado con violencia en contra del BAEZLN. Este Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba) documentó que la investigación realizada por el Fiscal del Ministerio Público no cumplió con los requerimientos de ser objetiva, ni logró acreditar la teoría del caso, además existió deficiencia e insuficiencia probatoria.
Las pruebas presentadas en el caso contra José Díaz son inconsistentes y carecen de credibilidad. Desde contradicciones en el modo, lugar y tiempo del supuesto delito, hasta la falta de pruebas sustanciales como la acreditación de la preexistencia del delito y la experiencia del perito contable, cada detalle revela una investigación deficiente con injusticia en el proceso judicial.
La posibilidad de que José Díaz y otros cuatro BAEZLN con órdenes de aprehensión sean sentenciados injustamente es alarmante, dado el cúmulo de irregularidades y falta de fundamentos sólidos en su contra.
El juez al emitir su sentencia además de considerar el estándar del delito de robo, deberá tomar en cuenta que se trata de una criminalización por motivos políticos en medio de un patrón de fabricación de culpables en contra de personas defensoras indígenas, además de considerar el contexto en el que se lleva a cabo el supuesto robo, tomando en cuenta todas las circunstancias que rodean este caso y que demuestran que la fiscalía no realizó una investigación legal, científica y objetiva.
Así también, el Juez debe dictar sentencia absolutoria atendiendo a los numerales 20 inciso A fracción I de la Constitución, que ordena proteger al inocente, 20 inciso B fracción I que establece el principio de presunción de inocencia, relacionado con el numeral 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el principio de duda razonable establecido en los numerales 359 y 402 del Código Nacional de Procedimientos Penales y los principios pro persona e indubio pro reo.
Por lo anterior exigimos al gobierno Estatal y Federal, y en particular al Poder Judicial del Estado de Chiapas, la libertad de José Díaz Gómez con una sentencia absolutoria.
Agradecemos e insistimos en el llamado a todas las personas, colectivos y organizaciones nacionales e internacionales, a continuar solidarizándose y seguir exigiendo la libertad inmediata de José Díaz Gómez y que cancele las órdenes de aprehensión en contra de las 4 BAEZLN. Así como estar pendientes de las acciones en el marco del dictamen de sentencia la semana del 29 de julio al 6 de agosto.
Comments